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Los fabricantes de equipos de calefacción con biomasa ante el nuevo Reglamento de Ecodiseño

La revisión del Reglamento de Ecodiseño que está llevando a cabo la Comisión Europea desde principios de año va a introducir cambios que pueden afectar de manera significativa a los fabricantes de calderas y estufas de biomasa.

El primer borrador con las modificaciones propuestas por la Comisión Europea que se ha conocido a principios de año ha generado gran preocupación en la industria, ya que incluye requisitos técnicos tan exigentes que podrían llegar a afectar a la continuidad de numerosas empresas del sector en toda Europa. 

Principales cambios propuestos en el Reglamento  

La revisión del reglamento introduce una serie de modificaciones que afectan tanto al alcance como a los requisitos técnicos de las calderas y estufas de biomasa. Son medidas que pretenden mejorar la eficiencia energética y reducir las emisiones, pero plantean una complicada coyuntura para los fabricantes, que deberán adaptarse a nuevas y muy exigentes normativas en un plazo de tiempo relativamente corto. 

Entre las modificaciones propuestas para el nuevo reglamento de calderas figuran: 

  1. Ampliación del ámbito de aplicación. Se extiende el alcance del reglamento a calderas con una potencia térmica de hasta 1.000 kW (anteriormente limitado a 500 kW); y se incluyen las calderas que utilizan combustibles de biomasa no leñosa (huesos de aceituna, orujillo, paja, cáscaras de girasol, entre otros). 
  1. Límites de emisión más estrictos. Se establecen nuevos límites de emisiones estacionales de partículas (PM), reduciéndolos de 40 mg/m3 a solo 3 mg/m3 (con 10% de O2) para calderas de biomasa leñosa, un umbral considerado inalcanzable por la industria. Para la biomasa no leñosa, el límite de PM se fija en 30 mg/m3, lo que también supone un reto considerable para los fabricantes. Se endurecen los límites de emisiones de CO y NOx, lo que podría impactar negativamente en la competitividad de las calderas de biomasa frente a otras tecnologías. 
  1. Exigencias técnicas adicionales. Se establece la obligatoriedad del control automático de la combustión (ACC) para todas las calderas, lo que podría excluir modelos sin componentes electrónicos y aumentar los costes de fabricación, y se introduce un límite máximo de consumo energético en modo de espera. 
  1. Plazos de implantación. La aplicación del nuevo reglamento está prevista para el 1 de julio de 2027, un plazo demasiado corto para que los fabricantes, especialmente las pymes, adapten sus productos y procesos de producción. Se prevé un colapso en la capacidad de los laboratorios de certificación debido a la demanda masiva de pruebas para cumplir con los nuevos requisitos. 

Las principales modificaciones que afectan a las estufas de biomasa son:

  • Introducción de una nueva fórmula de eficiencia estacional, que penaliza injustamente a las estufas de leña de alta eficiencia.
  • Aplicación de una nueva metodología de ensayo, que no ha sido suficientemente validada, contradice normativas existentes y aumenta los costes de certificación sin una justificación clara.
  • Obligatoriedad de instalar control automático de la combustión (ACC). Afecta a los aparatos no eléctricos (prácticamente todas las estufas) y podría dar lugar a una combustión ineficiente en los equipos de leña, que no cuentan con una evaluación estandarizada de la eficiencia.

De aprobarse la propuesta de nuevo reglamento, el cumplimiento de los requisitos obligaría a desarrollar e instalar nuevas tecnologías en un tiempo récord, incrementando de manera sustancial los costes de producción y certificación de los equipos. Además, muchas empresas podrían verse obligadas a retirar del mercado modelos de calderas o estufas que no puedan cumplir con los nuevos límites de emisión, lo que reducirá la oferta disponible.  

El sector también teme que los aparatos de calefacción con biomasa pierdan atractivo frente a otras opciones, incluidas las que utilizan combustibles fósiles, algo que iría en contra de los objetivos de descarbonización de la UE. Esta posible reducción de la demanda también afectaría al empleo generado por la industria de fabricación y comercialización de calderas de biomasa. 

Reacción desde el sector y recomendaciones

La patronal europea Bioenergy Europe, junto con las asociaciones nacionales, como AVEBIOM en España, han manifestado expresamente a los eurodiputados su oposición a la propuesta en su forma actual solicitando que se revise la rebaja de los límites de emisión, se excluya la obligatoriedad de algunos requisitos técnicos, se extiendan los plazos para la introducción del reglamento y se evalúe el impacto económico y ambiental de la aplicación del reglamento con la mayor transparencia.

Gracias a este esfuerzo conjunto, se ha logrado que la Comisión retire la propuesta y haya aplazado sine die la próxima reunión del “Consultation Forum”.

En relación a los límites de emisión, se ha solicitado que los valores propuestos tengan en cuenta las capacidades actuales de las tecnologías existentes, evitando restricciones que excluyan del mercado una gran cantidad de modelos de calderas sin ofrecer alternativas viables. Además, se insiste en que cualquier reducción de emisiones se haga de manera progresiva, para permitir que la industria pueda adaptarse sin generar distorsiones en el mercado. 

El plazo propuesto para la entrada en vigor del reglamento (1 de enero de 2027) se considera insuficiente para desarrollar y certificar nuevas soluciones tecnológicas, por lo que se propone una implantación gradual, similar a la aplicada en regulaciones anteriores, con períodos de adaptación que permitan a las pymes ajustarse a los nuevos requisitos sin poner en riesgo su competitividad. 

También se ha criticado la falta de un análisis detallado sobre el impacto que estas medidas tendrían en el sector, en términos de empleo, competitividad y acceso de los consumidores a soluciones de calefacción asequibles. La industria exige que se publiquen los estudios de impacto antes de la aprobación final del reglamento y que se incluyan consultas públicas con todas las partes interesadas. 

Se considera necesario excluir algunos requisitos técnicos propuestos como la obligatoriedad del ACC en todos los modelos, dado su elevado coste y su aplicabilidad limitada. También se ha solicitado ajustar los límites de emisión de partículas (PM) para la biomasa no leñosa a 40 mg/m³ en lugar de los 30 mg/m³ propuestos.  

La ampliación del reglamento a calderas de hasta 1.000 kW también se cuestiona, ya que no existen métodos de prueba adecuados para esta categoría de equipos, y se considera más apropiado que se regulen bajo la Directiva sobre Instalaciones de Combustión Medianas (MCP).  

Asimismo, se ha planteado la dificultad de alcanzar el umbral de eficiencia del 82%, especialmente para calderas que utilizan ciertos tipos de biomasa, y se ha solicitado una revisión de los límites de consumo energético en modo de espera, ya que estos fueron diseñados para dispositivos electrónicos y no para sistemas de calefacción con biomasa. 

En relación con la fórmula de eficiencia estacional, se recomienda utilizar valores absolutos para los factores de corrección y evitar así penalizar de manera injusta a las estufas de leña de alta eficiencia; utilizar factores de corrección relativos puede generar distorsiones si no están bien calibrados.

Los fabricantes solicitan que se adopten los estándares de ensayo ya establecidos en la norma EN 16510 y el Reglamento de Productos de Construcción CPR para evitar incoherencias y garantizar una aplicación justa y homogénea de los requisitos de ecodiseño.

Se espera una nueva propuesta de reglamento por parte de la Comisión con requisitos más adaptados a la realidad del sector. 

 

Asociación Española de la Biomasa