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Castilla y León: Programa Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020

Subvenciones para la Submedida 8.6 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020: «Ayuda para las inversiones en tecnologías forestales y en la transformación, movilización y comercialización de productos forestales».

Objetivo

Promover la inversión productiva y la mejora de la competitividad en materia de transformación y comercialización de los productos agrarios, silvícolas y de la alimentación en Castilla y León, procurando obtener el máximo grado de eficiencia en la generación de puestos de trabajo y su impacto en el consumo de materias primas del sector primario.

Plazo de presentación de solicitudes 

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 16 de julio de 2020.

Acciones subvenionables

Las ayudas incluidas en la submedida 8.6 contemplan el apoyo de inversiones productivas dirigidas a:
a) Operaciones anteriores a la transformación industrial de la madera.
b) Actividades relacionadas con la utilización de productos forestales de uso alimentario, no incluidos como productos agrícolas en el Anexo I del TFUE.
c) Operaciones relacionadas con la utilización de otros productos forestales distintos

Beneficiarios

a) Que sean empresas privadas que tengan la condición de PYME.
b) Que aborden alguna de las siguientes actividades:

i.    Operaciones anteriores a la transformación industrial de la madera.
ii.    Actividades relacionadas con la utilización de productos forestales de uso alimentario, no incluidos como productos agrícolas en el Anexo I del Tratado FUE.
iii.    Operaciones relacionadas con la utilización de otros productos forestales distintos que tengan que ver con:

  • Procesamiento de la biomasa forestal no maderable para producir energía renovable.
  • Inversiones de la industria forestal destinadas al cumplimiento de normas de la Unión Europea que vayan a convertirse en obligatorias.
  • Tratamiento y, en su caso, aprovechamiento de sus residuos y/o subproductos.
  • Inversiones relativas al astillado de madera, procesamiento de virutas y producción de pellets.
  • Inversiones relacionadas con otros aprovechamientos forestales (miera entre otros).

Costes Subvencionables 

Lo referente a las inversiones auxiliables deberá atenerse a lo previsto en el Anexo 5 de las Bases reguladoras.

Presentación de las solicitudes

Las solicitudes de ayuda, junto con su documentación adjunta, serán presentadas a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, al que se accede desde la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), haciendo uso de la aplicación electrónica «Subvenciones de Industria Externa (SIEX)».

Plazo de Ejecución-justificación de las solicitudes

El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de seis meses a contar desde la fecha siguiente a la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimada la solicitud.

Las resoluciones de concesión de subvención especificarán el plazo máximo para justificar la realización de la actuación subvencionada, sin que éste pueda exceder un año desde la fecha de finalización del plazo de ejecución de las inversiones.

Subvención-Cuantía-Límites

Una vez concluido el procedimiento de baremación y selección, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución que deberá indicar el solicitante para el que se propone la concesión de la subvención y su cuantía.

El porcentaje máximo de auxilio susceptible de ser concedido a una solicitud será el 40%.

La cuantía de la subvención (S) que podrá concederse a cada solicitud de ayuda se obtendrá de la aplicación de la siguiente fórmula:

S = 40 x IAA /100

IAA: Inversión auxiliable aprobada.

Con independencia de lo anterior, no podrán estimarse concesiones de subvención con cuantías S superiores a 500.000 €.

Más información

Bases Reguladoras:

ORDEN AYG/1173/2018 de 23 de octubre: https://bit.ly/2BM5XgX

Modificaciones:

ORDEN AGR/1296/2019, de 11 de diciembre: https://bit.ly/2Z6sFZZ

ORDEN AGR/354/2020, de 27 de abril: https://bit.ly/38CGkek

Convocatoria:

EXTRACTO de la Orden de 30 de abril de 2020, por la que modifican determinadas Órdenes de 20 de diciembre de 2019, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se convocan ciertas subvenciones a la amparo de las submedidas 4.2, 8.6 y 16.2 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 cofinanciado por el FEADER. Línea NB1.
https://bit.ly/31SluGE

Asociación Española de la Biomasa