Eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas de Cantabria
El objeto de estas ayudas es promover la modernización y la competitividad del sector turístico, establecidas en el marco del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU), el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España prevé inversiones dentro de su componente 14 (Plan de modernización y competitividad del sector turístico) para financiar proyectos de "eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas" (medida C14.I4, línea de actuación 2).
Régimen de concurrencia: no competitiva.
Beneficiarios:
a) Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias de edificios existentes destinados a establecimiento turístico.
b) Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios o instalaciones destinados a establecimiento turístico.
En concreto, son actuaciones subvencionables las que se realicen en cualquiera de los siguientes tipos de establecimientos turísticos:
• Establecimientos hoteleros: hoteles, hoteles-apartamentos y pensiones
• Establecimientos de alojamiento turístico extrahotelero: apartamentos turísticos, estudios, bungalows, chalets regulados.
• Establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural: Palacios y Casonas, posadas y viviendas rurales (modalidad completa o en apartamentos).
• Cabañas pasiegas.
• Albergues turísticos regulados en el Decreto 141/2015, de 1 de octubre, por el que se
regulan los albergues turísticos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
• Campamentos de turismo y áreas de servicio para autocaravanas
Actuaciones subvencionables. Tipologías:
1º Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
2º Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas, reguladas por el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios (RITE).
2.1. Sustitución de energía convencional por energía solar térmica.
2.2. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
2.3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
2.4. Mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación no incluidos en las anteriores.
3º Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
4º Sustitución de aparatos de refrigeración con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales, por otros de alta eficiencia con etiquetado energético.
5º Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones frigoríficas, reguladas por el Reglamento de Seguridad en Instalaciones Frigoríficas. (RSIF)
6º Sistemas de automatización y control.
7º Mejora de gestión de residuos.
8º Mejora de la eficiencia energética en electrodomésticos.
Costes elegibles.
a) Los honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el técnico competente, de los certificados de eficiencia energética
b) Los costes de gestión de solicitud de la ayuda.
c) Los costes de la redacción de los proyectos técnicos
d) Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones.
e) Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.
f) La inversión en equipos y materiales efectuada.
g) Los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación de estas ayudas.
h) Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones.
i) El informe del auditor sobre la cuenta justificativa.
j) El informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto de la ayuda, emitido por un organismo de control o entidad de control.
k) Otras partidas necesarias (auxiliares o no) específicas de cada tipología de actuación, tales como instalación de andamios.
l) Los derivados de la retirada de productos de construcción que contengan amianto
m) Los costes para implantar las medidas correctoras que se adoptarán para cumplir los criterios de la «Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente».
Cuantía, límites e intensidades de las ayudas.
a. 30%, cuando el solicitante tenga la consideración de gran empresa.
b. 40%, cuando el solicitante tenga la consideración de mediana empresa.
c. 50%, cuando el solicitante tenga la consideración de pequeña empresa
Partidas presupuestarias
Año 2024: 0,00 €
Año 2025: 3.519.293,08 €
Año 2026: 1.052.509,08 €
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda finalizará el 31 de marzo de 2025
El plazo máximo para la ejecución y justificación de las actuaciones objeto de ayuda
será el 30 de junio de 2025
+información
Bases Reguladoras y Convocatoria: Orden CTD/9/2024, de 25 de noviembre