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CASTILLA Y LEÓN. Ayudas para promover actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias 2021.

Objeto

Reducir el consumo de energía final en el sector agrícola para cumplir con los objetivos fijados por el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, mediante la realización de actuaciones de ahorro y eficiencia energética y la utilización de las energías renovables.

Beneficiarios

a)    Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública titulares de una explotación agropecuaria.
b)    Comunidades de Regantes y otras organizaciones cuyo fin consista en la gestión común de agua para el riego agrícola o la gestión común de otros combustibles y fuentes de energía para fin agropecuario.
d)    Cualquier organización o asociación de productores agrícolas reconocida por la autoridad competente.
e)    Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía
f)    Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos

Actuaciones subvencionables

b) Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables en explotaciones agropecuarias.
Consistirá en la realización de actuaciones de reforma de las explotaciones e instalaciones consumidoras de energía térmica, eléctrica y de proceso propias de las explotaciones agropecuarias que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones CO2

Las actuaciones podrán ser, con carácter orientativo y no limitativo:
1.º    Actuaciones sobre la envolvente térmica que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración de los edificios agropecuarios (fachadas, cubiertas, ventanas) incluyendo soluciones bioclimáticas.
2.º    Actuaciones en las instalaciones térmicas de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, como pueden ser las destinadas a los procesos de pasteurización y conservación de productos perecederos, a la climatización de naves de ganado e invernaderos, refrigeración en procesos de fermentación del vino, etc.
3.º    Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación, distribución, regulación y control y elementos terminales de las instalaciones térmicas, incluyendo el aprovechamiento de calores residuales y nuevas redes de calor.
4.º    Sustitución de energía convencional en instalaciones térmicas por energías renovables térmicas (energía solar térmica, biomasa, energía geotérmica, energía ambiente (aerotermia o hidrotermia), bombas de calor o una combinación de ellas). No se considerará elegible la sustitución de un generador térmico por otro que utilice combustible de origen fósil.

Los requisitos que deben cumplir las actuaciones:
a)    Conseguir y justificar una reducción del consumo de energía final de un 10% con respecto a su situación de partida.
b)    El ahorro de energía final se justificará mediante uno de los métodos de cálculo del anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.

Plazo de presentación de las solicitudes

Inicio:    12-07-2021
Fin:    31-12-2021

Intensidad de la subvención

La cuantía de la ayuda a conceder será la menor de entre los siguientes valores:
1.    La ayuda resultante de aplicar al coste elegible, una intensidad de ayuda del 30%
2.    La ayuda resultante de aplicar los límites establecidos en el Anexo 4. Intensidad de ayuda variable en función de (TAMAÑO, UBICACIÓN, ACTIVIDAD ECONOMICA.)

Más información

Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo
CONVOCATORIA: Orden de 1 de julio de 2021, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (EXTRACTO publicado en BOCyL 08-07-2021)

https://bit.ly/3BwBr4X

 

 

Asociación Española de la Biomasa