Pasar al contenido principal

ASTURIAS-AYUDAS

Convocatoria de subvenciones a fondo perdido para el uso de energías renovables y para acciones de ahorro y eficiencia energética en el Principado de Asturias, para el ejercicio 2023

Beneficiarios y actuaciones subvencionables.

Apartado 1. Promoción del uso de energías renovables.

1.1.     Utilización de biomasa como combustible para la producción de energía térmica: empresas privadas y trabajadores autónomos.

1.2.     Sistemas geotérmicos destinados a la producción de energía térmica (calor y/o frío): empresas privadas y trabajadores autónomos.

1.4.     Producción de energía eléctrica mediante turbinas minihidráulicas o mediante aerogeneradores: empresas privadas, trabajadores autónomos, particulares, entidades sin ánimo de lucro.

1.5.     Instalaciones para aprovechamiento energético de biogás: empresas privadas y trabajadores autónomos.

Apartado 2. Promoción del ahorro y la eficiencia energética.

2.2.     Medidas en el sector de la edificación: empresas privadas, trabajadores autónomos, entidades sin ánimo de lucro y comunidades de propietarios.

2.3.     Programa de ayudas públicas para industrias: empresas privadas cuya actividad esté incluida en alguna de las clases pertenecientes a la sección C: Industria Manufacturera, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).

2.8.     Instalación de estaciones de repostaje de combustibles alternativos accesibles al público: empresas privadas legalmente acreditadas y registradas para el ejercicio de la actividad de suministro de combustibles según determine la normativa de aplicación.

Presupuesto asignado: 1.600.000 €

La cuantía de la subvención será de hasta el 30% del gasto subvencionable, para los proyectos deL APARTADO 1: utilización de biomasa como combustible para la producción de energía térmica y para instalaciones para aprovechamiento energético de biogás.

Para los proyectos del APARTADO 2: sector de la edificación y para industrias, la cuantía de la subvención será de hasta el 22% del gasto subvencionable.

Plazo máximo para realizar la solicitud será de un (1) mes, a contar desde el día siguiente a la publicación este extracto en el BOPA. Fecha fin presentación solicitudes: 13 de julio de 2023

+información

Extracto de la Resolución de 1 de junio de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica

Bases reguladoras. Resolución de 23 de mayo de 2018, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo (actual Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica)

Asociación Española de la Biomasa