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NACIONAL. PROGRAMA DUS 5000

Ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico

Objeto

Programa de ayudas directas a las entidades previstas en el artículo 6 que realicen las inversiones correspondientes a la promoción y ejecución de uno o varios de los proyectos contemplados en el artículo 9. 

Destinatarios de las ayudas

Artículo 6
a)    Las entidades locales.
b)    Cualquier otra Entidad local o supralocal, legalmente constituida y dotada de personalidad jurídica propia
c)    Los organismos autónomos y entidades públicas dependientes o vinculadas a las Entidades locales territoriales cuya función sea la gestión directa de los servicios públicos locales, siempre que dichos organismos o entidades no desarrollen actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
d)    Las Comunidades Autónomas Uniprovinciales y la Foral de Navarra.

Proyectos objeto de ayuda

Artículo 9

Serán proyectos singulares locales de energía limpia: mejora de la eficiencia energética de edificios e infraestructuras, despliegue de generación renovable o impulso de la movilidad sostenible.
Habrán de conseguir la citada reducción de las emisiones de dióxido de carbono, a través de una o varias de las medidas elegibles:

Medida 1.    Reducción de la demanda y el consumo energético en edificios e infraestructuras públicas.
Medida 2.    Instalaciones de generación eléctrica renovable para autoconsumo.
Medida 3.    Instalaciones de generación térmica renovable y de redes de calor y/o frío.
Medida 4.    Lucha contra la contaminación lumínica, alumbrado eficiente e inteligente, Smart Rural y TIC.
Medida 5.    Movilidad Sostenible.

Para todos los proyectos, se justificará que las actuaciones previstas no causarán un perjuicio significativo al medioambiente o, en su caso, se indicarán las medidas correctoras que se adoptarán para cumplir con los criterios de la «Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente», publicada por el Ministerio para la Transición y el Reto Demográfico.

Presupuesto y financiación

El presupuesto inicial asciende a 75.000.000 €.
El reparto territorial de los fondos:
 

:

Cuantía de las ayudas e inversión mínima.

Ayuda máxima a asignar será del 85%, calculado sobre la inversión subvencionable realizada en cada proyecto.

Este porcentaje de ayuda podrá incrementarse hasta el 100% de la inversión subvencionable en el caso de que los proyectos tengan la consideración de «proyectos integrales», para lo que deberán demostrar el cumplimiento de requisitos energéticos de altas prestaciones o combinar varias actuaciones en un mismo proyecto. Estos proyectos deberán además aportar un plan estratégico que informe del impacto del proyecto en el municipio.

«Proyectos integrales» dentro de la Medida 3. Tipologías:
1.º Proyectos que supongan la incorporación de generación renovable térmica para satisfacer, al menos, el 60 % de la demanda térmica del edificio para ACS y calefacción.
2.º La ejecución de una red de calor para 3 o más edificios o infraestructuras. En todo caso, al menos el 80 % de la energía térmica en la red de calor deberá corresponder a consumos de entidades públicas. 

Las inversiones subvencionables serán todos los gastos necesarios para la ejecución de los proyectos (ejecución, montaje, equipos, materiales, servicios, informes, direcciones facultativas…) incluidas asistencias técnicas a los municipios para la redacción de los mismos, tramitación de las ayudas, adecuación de ordenanzas o normativa para ponerlos en marcha, así como el IVA (cuando no sea susceptible de recuperación).

La inversión mínima será de 40.000 € por proyecto y no podrá superar los 3.000.000 €.

Plazo y forma de solicitud

Hasta el 05/11/2021.
La formalización de solicitudes se efectuará de manera telemática a través de la aplicación que estará disponible en la sede electrónica del IDAE (https://sede.idae.gob.es), conforme al formulario que figure en la misma.

Más información:

Información IDAE: DUS 5000
Bases reguladoras: Real Decreto 692/2021 de 3 de agosto

 

Asociación Española de la Biomasa