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2022: comienza la aplicación de Ecodiseño en equipos de menos de 50 kW

A partir del 1 de enero de 2022 no se permitirá ni la venta al consumidor final ni la instalación de estufas y hogares insertables de leña o pellets que no cumplan el Reglamento (UE) 2015/1185 sobre diseño ecológico.

La Comisión Europea y el Ministerio de Industria de España podrían interpretar de forma distinta la situación de las existencias de equipos actualmente disponibles en el mercado que no se hayan vendido antes de 2022.

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de España ha publicado en su página web una aclaración sobre la aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2015-1185 que afecta a los aparatos de calefacción local de combustible sólido, que son básicamente todas las estufas y hogares de potencia igual o inferior a 50kW, incluidos los de biomasa leñosa.

Respecto a la comercialización y puesta en servicio de equipos actualmente en el mercado

El MICYT aclara el contenido de dos artículos:

  • Artículo 3. Requisitos de diseño ecológico y calendario. Los aparatos de calefacción local de combustible sólido deberán cumplir los requisitos de diseño ecológico establecidos en el anexo II a partir del 1 de enero de 2022.
  • Artículo 8. Disposiciones transitorias. El reglamento publicado en 2015 permite hasta el 1 de enero de 2022 la comercialización y entrada en servicio de aparatos de calefacción local de combustible sólido que sean conformes con las disposiciones nacionales vigentes.

El MICYT interpreta que, a partir del 1 de enero de 2022, no se permitirá ni la venta al consumidor final (comercialización) ni la instalación de aparatos (entrada en servicio) que no cumplan el Reglamento (UE) 2015/1185.

Respecto a los equipos específicos de biomasa

Las estufas y hogares insertables de leña o pellets no se encuentran entre los productos a ser exceptuados de cumplir el Reglamento. Se consideran aparatos para la calefacción local de combustible sólido, según definición del Reglamento (Articulo 2, apartado 1) y no productos para calentar el aire (Articulo 2, apartado 8), por lo que están dentro del ámbito de aplicación de dicho Reglamento y su calendario.

Únicamente estarían excluidos de aplicación los aparatos de calefacción local que funcionen solo con biomasa no leñosa.

Qué dice la Comisión Europea

Tras una consulta realizada por la patronal europea de la biomasa, Bioenergy Europe, a la Comisión Europea acerca de la situación de las existencias no vendidas antes de 2022, Jérôme Lebouc, director de la Iniciativa de productos sostenibles de la CE, contesta que, de acuerdo a la definición proporcionada en el artículo 2 de la Directiva 2009/125, “Comercialización” significa “poner un producto a disposición por primera vez en el mercado comunitario con vistas a su distribución o uso dentro de la Comunidad, ya sea a cambio de recompensa o de forma gratuita e independientemente de la técnica de venta”.

Desde AVEBIOM creemos que esta aclaración debería permitir la liquidación de las existencias de equipos conformes con las disposiciones nacionales vigentes hasta 2022 que estén actualmente en el mercado, más allá del 1 de enero de 2022.

Jornada sobre Ecodiseño en Expobiomasa

Sobre esta cuestión se debatirá en una jornada coorganizada por AVEBIOM, AgroBioHeat y EXPOBIOMASA el día 21 de septiembre en la sala #Avebiom de Feria de Valladolid en el marco de EXPOBIOMASA. Intervendrán ponentes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Asociación Española de Fabricantes de Estufas, Chimeneas y Cocinas, entre otros.

 


El Reglamento (UE) 2015/1185 de la Comisión sobre diseño ecológico

Los requisitos establecidos en el Reglamento 2015/1185 de diseño ecológico comienzan a aplicarse a partir del 1 de enero de 2022 sobre todos los aparatos de calefacción local que utilicen combustible sólido, en concreto estufas, estufas que usen pellets, cocinas y equipos abiertos, con una potencia calorífica nominal igual o inferior a 50 kW.

La aplicación de la norma sobre ecodiseño tiene como objetivo mejorar la eficiencia energética de los equipos y eliminar los productos de menor rendimiento del mercado, lo que contribuirá a alcanzar los objetivos de eficiencia energética de la UE. El reglamento impone, además, valores límite de emisión en la fase de utilización de los equipos para compuestos orgánicos gaseosos (OCG), monóxido de carbono (CO), óxidos de nitrógeno (NOx) y partículas (PM).

Estufas de pellets

La alta eficiencia en la combustión de los equipos alimentados con pellets de madera asegura una emisión reducida tanto en partículas como en el resto de contaminantes considerados. Por este motivo, el reglamento de ecodiseño restringe las emisiones en mayor medida en este tipo de equipos.

El sector de la climatización con biomasa está en la senda de reemplazar las contaminantes calderas de gasóleo o gas, y también instalaciones de biomasa antiguas e ineficientes, por equipos modernos, incluidos los de biomasa de última tecnología, que garantizan una elevada eficiencia y muy bajas emisiones. Instalar estufas de pellets permite de disfrutar de ventajas como su mayor eficiencia y ahorro económico, y también minimizar la emisión de contaminantes.

Más información:

https://observatoriobiomasa.es/informes/legislacion/ecodisenho

https://www.aefecc.es/sobre-el-nuevo-reglamento-de-ecodiseno/

 

Asociación Española de la Biomasa