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Subvenciones para actuaciones de rehabilitación de viviendas

Subvenciones para actuaciones de rehabilitación de viviendas, gestionadas por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo para el año 2020

Objetivos

Programas para actuaciones de rehabilitación:

a) Programas de fomento de la mejora de la eficacia energética y sostenibilidad y de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021

Presentación de solicitudes

Desde el 27 de Febrero de 2020, hasta el 26 de marzo de 2020

Beneficiarios

a) Las personas físicas, ya sean propietarias de viviendas unifamiliares, de edificios de tipología residencial colectiva y de las viviendas ubicadas en estos edificios.

b) Las comunidades de personas propietarias y sus agrupaciones.

c) Las agrupaciones de personas propietarias.

d) Las personas físicas inquilinas de una vivienda que asuman, en virtud de un acuerdo con la persona arrendadora, el coste de las actuaciones de rehabilitación que correspondan a cambio del pago de la renta. 

Actuaciones Subvencionables > Biomasa

Actuaciones subvencionables de la línea A) para el fomento de la mejora de la eficacia energética y de la sostenibilidad de las viviendas:

b) La instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación para el acondicionamiento térmico o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes, mediante actuaciones como: la sustitución de equipos de producción de calor o frío; la instalación de sistemas de control, regulación y gestión energética; el aislamiento térmico de las instalaciones de distribución y transporte o la sustitución de los equipos de movimiento de los fluidos caloportadores; la instalación de dispositivos de recuperación de energías residuales; la implantación de sistemas de enfriado gratuito por aire exterior y de recuperación de calor del aire de renovación y la conexión de viviendas a redes de calor y frío existentes, entre otros.

c) La instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables, como la energía solar fotovoltaica, biomasa o geotermia que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica de la vivienda. Incluirá la instalación de cualquier tecnología, sistema o equipo de energía renovable, como paneles solares térmicos y soluciones integrales de aerotermia para climatización y agua caliente sanitaria, a fin de contribuir a la producción de agua caliente sanitaria demandada por la vivienda, o la producción de agua caliente para las instalaciones de climatización.

Plazo Ejecución actuaciones

El plazo de ejecución de las actuaciones en ningún caso podrá exceder del 30 de noviembre de 2021.

Subvención-Cuantía-Límites

La cuantía de las ayudas no podrá superar el 40% del coste subvencionable de la actuación dentro de límites fijados. En caso de que los ingresos sean inferiores a tres veces el Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) el porcentaje podrá llegar al 75%.

La cuantía unitaria básica de la ayuda por vivienda unifamiliar no podrá superar los 12.000 € y los 8.000 € en vivienda colectiva, con excepciones por discapacidades.

Importe partidas presupuestarias:

2020: 900.000 €

2021: 1.000.000 €

Más información

RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2020: https://bit.ly/2wNyNuI

Bases Reguladoras: https://bit.ly/2IABwtZ

Asociación Española de la Biomasa